Gárgaras legales. Braulio García Jaén

Salvo Manuel Borraz, que es quien me lo ha recordado a mí, nadie se acordará ya de Touhami Handaoui, un marroquí que murió a finales de julio pasado en un hospital de Teruel. Estaba preso, llevaba cinco meses en huelga de hambre y dos años y  medio condenado por una agresión sexual que había sufrido una chica en una urbanización de Torrevieja, Alicante, el 28 de diciembre de 2003. Handaoui, albañil, soltero [según la sentencia, aunque con esposa e hijo según El País] y sin familia en España, habría cumplido 41 años el 1 de octubre próximo.


“El tipo penal no exige la eyaculación para su consumación”. Traduzco: no hace falta que eyacule para que los hechos deban calificarse como violación. Así que, en efecto, la muestra resulta “completamente irrelevante” para la “calificación” del hecho delictivo, pero nunca, y aquí es donde patina su prosa engrasada, puede resultarlo para “la punición del hecho delictivo”. Es así como el diminuto cuerpo del condenado, que aparentemente está sólo en la segunda parte del razonamiento, es encajonado a la fuerza, como en un viejo número de circo, en la primera. Porque no puede haber punición, castigo, sin castigado, y para llegar a él, en caso de violación, no hay prueba más determinante que el semen recogido en el cuerpo o las ropas de la víctima.

Pero, ¿cómo  va a ser irrelevante en un caso de violación la identidad del semen analizado? No puede serlo, desde luego, pero tiene que serlo: y de ahí toda esa gimnasia lingüística para que parezca normal lo inconcebible. Ésa es la descomunal fuerza con la que el autoengaño nubla la vista de los jueces y deforma la sentencia, que dictan a tientas. Frente a eso, que insistan además en que la muestra era “escasa”, como si importara el tamaño, es una gota de tinta en el océano. Tan inútil como esta entrada.



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