Destaco este vídeo de zapatero que viene enlazado en los comentarios de Santi:
Entrevista a Caamaño con comentarios de Santi González:
Arranca El País la entrevisa al ministro de Justicia Cuantitativa con una valoración comprometida: "plenamente al 98%". Y lugo, ya, todo seguido:
Su trabajo de experto constitucionalista dio tranquilidad al Gobierno, que insistió durante cuatro años en que el Estatut era "plenamente constitucional". [Ojo con los adverbios, ministro. ¿Qué significa para usted ‘plenamente’?] Francisco Caamaño (nacido en Cee, A Coruña, hace 47 años) peló el texto en 2006 sabiendo ya que el PP lo recurriría.
Pregunta. ¿Se siente malherido porque el Tribunal Constitucional haya tachado en rojo 14 artículos del Estatuto de Cataluña, cuya redacción fue, en una parte importante, obra suya?
Respuesta. No me siento especialmente herido por una razón, porque vivimos en una sociedad abierta de intérpretes constitucionales. A la vista de la sentencia, se puede decir con rotundidad que la valoración y el juicio de constitucionalidad que hicieron el Congreso y el Senado acertó aproximadamente en un 98%. [De Italia recibimos hace cuatro décadas el uso alternativo del Derecho. Justo es que España corresponda: Ya habíamos dado a Garzón, pero no bastaba. Hacía falta un cuerpo de doctrina como el cuerpazo de Caamaño: el Derecho cuantitativo. Una Justicia al 98%, dice el tío. Pongamos una sentencia de mil palabras y cambiemos mucho menos del 2%. Una sola palabra, que en la extravagante concepción del Derecho de Caamaño supone el 0,1%: donde pone ‘culpable’, escríbase ‘inocente’, o al revés]. He aquí algunos ejemplos más. Y eso en muchos test científicos, ya no interpretativos, es el 100%. Por tanto, la sentencia que ha salido del Constitucional, donde se declara inconstitucional un solo artículo y habrá que ver en los fundamentos por qué, y se tocan adjetivos de otros 14, me parece que respeta profundamente la práctica totalidad del estatuto de Cataluña y da la razón a las Cortes.
[Volvamos a lo anterior. No sólo se anulan 14 artículos, sino que los 27 que se han sometido a interpretación lo han sido porque Mª Emilia Casas, a quien el director de El Mundo bautiza hoy afortunadamente como ‘Torcuata’ (Fernández Miranda) ha impuesto una interpretación imposible de la palabra ‘interpretación’ . Expliquémonos: un artículo está sometido a interpretación cuando tiene una redacción ambigua, imprecisa, no clara. Tendría sentido entonces que el tribunal advirtiese: este artículo es constitucional si se interpreta en este sentido que yo digo. Pero si el artículo es claro no puede estar sometido a interpretación. O encaja en la Constitución o no, pero no puede establecerse la condición de que signifique lo que de ninguna manera puede significar. Tal vez esto sea un poco complejo para Caamaño. Pongamos un ejemplo: El artículo 5 del Estatut arranca: “L'autogovern de Catalunya es fonamenta també en els drets històrics del poble català…” No se puede fallar sin grave quiebro del sentido de las palabras que es constitucional si se entiende que lo que realmente quiere decir es que el autogobierno de Cataluña se fundamenta únicamente en la Constitución Española.]
P. El presidente del Gobierno anunció en Cataluña que saldría adelante el texto que aprobase el Parlamento catalán y eso, después del pronunciamiento del Constitucional, no ha sido así...
R. Lo que prometió fue apoyar el Estatuto de Cataluña, pero lo que nunca pudo prometer [esa es precisamente la característica de Zapatero: promete lo que nunca puede prometer. Usted sabe (o debería saber) que el Derecho se escribe (o se debría escribir) con un lenguaje preciso. Por eso, usted debió decir es: "lo que niunca debió prometer", porque lo que es poder, vaya si pudo.] es lo que corresponde decidir con nuestra Constitución en la mano a un órgano que opera de manera independiente y que es el intérprete de la Constitución, el último, en el sentido que dicen los norteamericanos que es su Tribunal Supremo. (Aquí, en video, precedido por la mentira de Zapatero a Gabilondo, nunca lo dije): "Pasqual, apoyaré la reforma del Estatuto de Cataluña que apruebe el Parlamento de Cataluña") Los norteamericanos dicen que el Supremo tiene la última palabra no porque es el más listo sino porque alguien tiene que tener en una democracia la última palabra. [Luego nosotros tenemos la última puerta de atrás, para meter como leyes lo que el TC ha rechazado como constitucional. No se trata de acomodar el Estatuto a la Constitución, sino de acomodar la Constitución al estatuto] Frente al discurso del PP de que los derechos rompían la igualdad de los españoles, un estatuto que tiene más competencias; frente al discurso del PP de que era imposible dar más ámbitos de autogobierno, un estatuto que tiene una financiación [con una disposición transitoria sujeta a interpretación en el mismo sentido que el al artículo 5 ya citado] ; frente a la idea del PP de que era una reforma encubierta, un estatuto que reconoce la bilateralidad y la acción exterior de las comunidades autónomas en el contexto de la Unión Europea; frente al discurso del PP que nos decía a todos que todo esto equivalía a un Estado confederal y a la disolución de España, esa interpretación del Congreso ha sido validada casi en su totalidad por el intérprete último que es el Tribunal Constitucional. [Intercalen corchetes a su gusto].
P. ¿Comparte usted la tesis de que el Constitucional no podía tocar una coma del Estatuto porque había sido aprobado por el Parlamento catalán y las Cortes y refrendado por los catalanes?
R. No. No hay ninguna norma por encima de la Constitución y el guardián de la Constitución se llama Tribunal Constitucional. Por tanto, está plenamente legitimado para pronunciarse y emitir cualquier juicio de constitucionalidad sobre cualquier norma situada por debajo de la Constitución. Y un estatuto de autonomía, aunque haya sido refrendado por los ciudadanos, siempre estará por debajo de la Constitución.
P. ¿Está de acuerdo con la decisión del Constitucional sobre la nula eficacia jurídica del término nación en el Preámbulo?
R. El PP sabía que había dos sentencias del Constitucional anteriores a esta donde claramente decía que el preámbulo de una norma no tiene valor jurídico. El PP sólo pretendía prolongar un debate político ante la sociedad y mantener durante tres años una enorme tensión.
P. ¿Considera usted que Cataluña es una nación?
R. Es lo que los ciudadanos catalanes sienten que es, que es lo que dice su preámbulo. Jurídicamente, Cataluña es lo que dice su artículo primero del Estatuto, una comunidad que forma parte del Estado español. No deberíamos confundir nunca el debate sentimental, el político y el constitucional. [El preámbulo de las leyes no es su articulado, vaya novedad. Pero lo que tampoco es un lugar para el desparrame sentimental, como parece creer el ministro: Preámbulo del Estatuto de Asturias: Asturias,patria querida, Asturias de mis amores… y ahora vayamos al grano. El preámbulo expone la voluntad del legislador, define el sentido del articulado que va a continuación. Por eso, la definición de Cataluña como nación contenida en el preámbulo, es falsa. Una nación no es un estado de ánimo, como la Economía en opinión de Zapatero, sino el sujeto de la soberanía.]
Aquí lo dejamos por hoy. Lo patético de este ministro es que se jacte de que el TC sólo ha anulado un artículo de todo el Estatuto que él garantizaba (En realidad, el capítulo II, artículos del 95 al 100). Se supone que era su especialidad. Cualquier ministro que no hubiese sido nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero, habría dimitido, se habría cubierto la cabeza de ceniza y se habría retirado al desierto a meditar los próximos 40 años. Así lo hizo José Luis Corcuera, ministro del Interior que había avalado el encaje constitucional de la llamada ‘ley de la patada en la puerta’ para evitar engorrosas formalidades en la persecución en caliente de algunos delitos. El TC dijo nones y el ministro dimitió. Éste José Luis era electricista, como papá. (un freudiano estricto sacaría conclusiones de esta debilidad mía por él). Pero Caamaño debería llamarle para quedar y que le explique constitucionalismo en un par de tardes.