Contra la ley de plazos (I) por Clemente Polo

Interesante reflexión de Clemente Polo a propósito de la entrada en vigor de la ley del aborto, relacionando este tema con la eutanasia.

Sobre todo estoy de acuerdo en que es un tema que no permite ser frívolo.

También destacar el punto donde hace hincapié en la falta de un acuerdo mayoritario en temas centrales para la sociedad.



ARTÍCULO:

Cuatro meses después de su publicación en el BOE, ha entrado en vigor la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Tras la remodelación realizada en abril de 2009, el nuevo gobierno presidido por Rodríguez Zapatero decidió modificar la vigente Ley Orgánica 9/1985 de interrupción del embarazo y las nuevas ministras de Igualdad y Sanidad y Asuntos Sociales, Bibiana Aído y Trinidad Jiménez, se aplicaron con entusiasmo a redactar un nuevo proyecto de ley que el Gobierno sacó adelante con el apoyo del 52,6% de la Cámara: votaron a favor 184 diputados del PSOE, PNV, ERC, ICV-IU, ERC, Na-Bai y CDC (dos), y en contra 158 diputados del PP, UDC, CC, UPN, UPyD y CDC (tres).

Como ha ocurrido con otras normas aprobadas por un escaso margen en el Congreso –el Estatut de Cataluña, la Ley de la memoria histórica, la nueva Ley de financiación autonómica, etc.–, Rodríguez Zapatero no ha dudado tampoco en esta ocasión en alterar radicalmente la legislación vigente con el fin de legalizar todos los abortos realizados por mujeres embarazadas mayores de dieciséis años dentro de las primeras catorce semanas del embarazo, pese a la oposición de más del 45 % de los diputados.

Lo más preocupante del caso no es la incapacidad manifiesta del presidente para pactar temas de Estado con partidos que representan a casi la mitad del electorado, sino la frivolidad con la que su Gobierno ha despachado en los medios de comunicación un asunto tan complejo desde un punto de vista moral y la pobreza de los argumentos que los partidarios del aborto, con las dos ministras a la cabeza, han presentado para justificar el cambio normativo.

Punto de partida

La legislación vigente desde 1985 reconocía el derecho de la mujer a abortar en tres únicos supuestos: grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la embarazada; embarazos causados por un hecho constitutivo de delito de violación; y presunción de que el feto pudiera nacer con graves taras físicas o psíquicas.

En el primer supuesto, hay un conflicto evidente de intereses y el legislador deja en manos de la madre la decisión de poner fin al desarrollo del feto para salvaguardar su propia vida o evitar un grave perjuicio a su salud; en el segundo, la norma le concede también ese derecho a la mujer víctima de un delito de violación durante las doce primeras semanas, atendiendo al carácter involuntario del embarazo, que la exime de soportar sus consecuencias; y en el tercero, se le otorga esa posibilidad dentro de las primeras veintidós semanas cuando hay indicios de que el feto presente serias deficiencias que impidan su normal desarrollo como persona.

Aunque la vaguedad de la noción de grave daño psíquico para la madre o graves taras del feto dejó abierta la puerta al abuso, no cabe ninguna duda de que el propósito del legislador fue permitir el aborto sólo en situaciones muy excepcionales; a saber, cuando el daño ocasionado por el desarrollo del feto supera al causado por la interrupción del embarazo.

Abortar, como poner fin a la vida cuando se alcanzan situaciones vitales muy precarias, son decisiones muy delicadas en una sociedad civilizada donde la vida e integridad física se consideran bienes supremos y causa estupor contemplar la frivolidad con la que el Gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero ha abordado ambos temas.

Un gobierno frívolo

A los pocos días de tomar posesión de su cargo de ministra de Sanidad y Política Social, la Sra. Jiménez exponía sus puntos de vista y proyectos en una extensa entrevista concedida a El País y cuyo encabezamiento ya daba una idea de la profundidad de los argumentos: “El aborto está socialmente superado”.

En relación a la regulación del derecho a una muerte digna –una cuestión sobre la que su antecesor en el cargo, el Sr. Soria, tenía intención firme de presentar un proyecto de ley antes de que el Sr. Rodríguez Zapatero lo apeara del Gobierno–, la Sra. Jiménez se negó a contestar aduciendo “que no forma parte de una prioridad en el debate social y político: por tanto, no tengo intención de avanzar en este aspecto”. Dejando al margen la peculiar sintaxis de la ministra, uno se pregunta por qué un tema de tan rabiosa actualidad como es la regulación del derecho a una muerte digna, ahora que la vida puede prolongarse artificialmente durante largos períodos en contra de la voluntad (y a veces con gran padecimiento) del enfermo, no “forma parte de una prioridad en el debate social y político”.

Su negativa a debatir y “avanzar” en este asunto resulta incluso más llamativa al compararla con su posición sobre el aborto. Aunque la ministra tampoco pierde un minuto en reflexionar sobre el tema porque “ese debate… se tuvo hace ya muchísimos años… ya lo discutimos y socialmente está muy superado”, sí se muestra en este caso partidaria de “avanzar”, sustituyendo la ley actual por una ley de plazos.

Lo primero que llama la atención es que dé por cerrado el tema, aduciendo que el debate se tuvo hace muchísimos años, cuando la Sra. Jiménez tenía 22 años. Y bien, ¿acaso no es posible reabrir un debate moral y legal sobre este asunto como ocurre con tantos otros? Pues no, no lo es, porque “socialmente está muy superado”. Ignoro qué significado otorga la ministra a esa expresión, pero desde luego no me consta que una abrumadora mayoría de los ciudadanos ni de sus representantes políticos estén a favor del aborto.

Lo que está en juego
Aunque aborto y derecho a una muerte digna sean cuestiones muy distintas –la decisión de la madre tiene un efecto fatídico sobre el desarrollo del embrión o feto en el primer caso, mientras que en la eutanasia las consecuencias recaen sobre el propio sujeto que decide–, ambas tienen una dimensión moral que debe tener en cuenta cualquier ordenamiento legal.

Causa por ello rubor que la responsable política de una sociedad desarrollada contemple estas cuestiones como si de una carrera de obstáculos se tratara, donde bien se salta la valla (en el caso del aborto) porque la cuestión está “socialmente superada”, bien no se salta (en el caso de la eutanasia) porque no “forma parte de una prioridad en el debate”.

Muchos ciudadanos que respaldan la opción de abortar libremente se oponen por razones morales a la pena de muerte, a esclavizar a personas o maltratar animales, de lo que se deduce que para ellos poner fin deliberadamente al desarrollo del feto no es una acción tan reprobable moralmente como ejecutar a otras personas (aunque hayan cometido delitos muy graves), esclavizar a otros seres humanos o maltratar animales. En contraposición, la mayoría de quienes se oponen consideran el aborto un acto infinitamente más reprobable que maltratar a los animales, esclavizar a otras personas y hasta equiparable a ejecutar a un hombre.

Como estas comparaciones ponen de manifiesto, las cuestiones morales que plantea el aborto no se pueden eludir, como hace la risueña ministra Jiménez, aduciendo que el asunto se discutió hace “muchísimos años” y el Congreso ya aprobó una ley de interrupción del embarazo que otros partidos, hoy opuestos a la nueva ley, no modificaron cuando gobernaron y pudieron hacerlo.

Craso error el confundir la indiferencia social o la ambigüedad de un partido, con el debate sobre la moralidad el aborto y su tratamiento legal en sociedades donde el derecho a la vida se considera supremo y hasta los animales gozan de derechos

Our man in Habana

Película dirigida por Carol Reed, basada en una novela de  Graham Greene.

Historia divertida, pero un poco simplona y fantástica en algunos aspectos.