Contra la ley de plazos (I) por Clemente Polo

Interesante reflexión de Clemente Polo a propósito de la entrada en vigor de la ley del aborto, relacionando este tema con la eutanasia.

Sobre todo estoy de acuerdo en que es un tema que no permite ser frívolo.

También destacar el punto donde hace hincapié en la falta de un acuerdo mayoritario en temas centrales para la sociedad.



ARTÍCULO:

Cuatro meses después de su publicación en el BOE, ha entrado en vigor la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Tras la remodelación realizada en abril de 2009, el nuevo gobierno presidido por Rodríguez Zapatero decidió modificar la vigente Ley Orgánica 9/1985 de interrupción del embarazo y las nuevas ministras de Igualdad y Sanidad y Asuntos Sociales, Bibiana Aído y Trinidad Jiménez, se aplicaron con entusiasmo a redactar un nuevo proyecto de ley que el Gobierno sacó adelante con el apoyo del 52,6% de la Cámara: votaron a favor 184 diputados del PSOE, PNV, ERC, ICV-IU, ERC, Na-Bai y CDC (dos), y en contra 158 diputados del PP, UDC, CC, UPN, UPyD y CDC (tres).

Como ha ocurrido con otras normas aprobadas por un escaso margen en el Congreso –el Estatut de Cataluña, la Ley de la memoria histórica, la nueva Ley de financiación autonómica, etc.–, Rodríguez Zapatero no ha dudado tampoco en esta ocasión en alterar radicalmente la legislación vigente con el fin de legalizar todos los abortos realizados por mujeres embarazadas mayores de dieciséis años dentro de las primeras catorce semanas del embarazo, pese a la oposición de más del 45 % de los diputados.

Lo más preocupante del caso no es la incapacidad manifiesta del presidente para pactar temas de Estado con partidos que representan a casi la mitad del electorado, sino la frivolidad con la que su Gobierno ha despachado en los medios de comunicación un asunto tan complejo desde un punto de vista moral y la pobreza de los argumentos que los partidarios del aborto, con las dos ministras a la cabeza, han presentado para justificar el cambio normativo.

Punto de partida

La legislación vigente desde 1985 reconocía el derecho de la mujer a abortar en tres únicos supuestos: grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la embarazada; embarazos causados por un hecho constitutivo de delito de violación; y presunción de que el feto pudiera nacer con graves taras físicas o psíquicas.

En el primer supuesto, hay un conflicto evidente de intereses y el legislador deja en manos de la madre la decisión de poner fin al desarrollo del feto para salvaguardar su propia vida o evitar un grave perjuicio a su salud; en el segundo, la norma le concede también ese derecho a la mujer víctima de un delito de violación durante las doce primeras semanas, atendiendo al carácter involuntario del embarazo, que la exime de soportar sus consecuencias; y en el tercero, se le otorga esa posibilidad dentro de las primeras veintidós semanas cuando hay indicios de que el feto presente serias deficiencias que impidan su normal desarrollo como persona.

Aunque la vaguedad de la noción de grave daño psíquico para la madre o graves taras del feto dejó abierta la puerta al abuso, no cabe ninguna duda de que el propósito del legislador fue permitir el aborto sólo en situaciones muy excepcionales; a saber, cuando el daño ocasionado por el desarrollo del feto supera al causado por la interrupción del embarazo.

Abortar, como poner fin a la vida cuando se alcanzan situaciones vitales muy precarias, son decisiones muy delicadas en una sociedad civilizada donde la vida e integridad física se consideran bienes supremos y causa estupor contemplar la frivolidad con la que el Gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero ha abordado ambos temas.

Un gobierno frívolo

A los pocos días de tomar posesión de su cargo de ministra de Sanidad y Política Social, la Sra. Jiménez exponía sus puntos de vista y proyectos en una extensa entrevista concedida a El País y cuyo encabezamiento ya daba una idea de la profundidad de los argumentos: “El aborto está socialmente superado”.

En relación a la regulación del derecho a una muerte digna –una cuestión sobre la que su antecesor en el cargo, el Sr. Soria, tenía intención firme de presentar un proyecto de ley antes de que el Sr. Rodríguez Zapatero lo apeara del Gobierno–, la Sra. Jiménez se negó a contestar aduciendo “que no forma parte de una prioridad en el debate social y político: por tanto, no tengo intención de avanzar en este aspecto”. Dejando al margen la peculiar sintaxis de la ministra, uno se pregunta por qué un tema de tan rabiosa actualidad como es la regulación del derecho a una muerte digna, ahora que la vida puede prolongarse artificialmente durante largos períodos en contra de la voluntad (y a veces con gran padecimiento) del enfermo, no “forma parte de una prioridad en el debate social y político”.

Su negativa a debatir y “avanzar” en este asunto resulta incluso más llamativa al compararla con su posición sobre el aborto. Aunque la ministra tampoco pierde un minuto en reflexionar sobre el tema porque “ese debate… se tuvo hace ya muchísimos años… ya lo discutimos y socialmente está muy superado”, sí se muestra en este caso partidaria de “avanzar”, sustituyendo la ley actual por una ley de plazos.

Lo primero que llama la atención es que dé por cerrado el tema, aduciendo que el debate se tuvo hace muchísimos años, cuando la Sra. Jiménez tenía 22 años. Y bien, ¿acaso no es posible reabrir un debate moral y legal sobre este asunto como ocurre con tantos otros? Pues no, no lo es, porque “socialmente está muy superado”. Ignoro qué significado otorga la ministra a esa expresión, pero desde luego no me consta que una abrumadora mayoría de los ciudadanos ni de sus representantes políticos estén a favor del aborto.

Lo que está en juego
Aunque aborto y derecho a una muerte digna sean cuestiones muy distintas –la decisión de la madre tiene un efecto fatídico sobre el desarrollo del embrión o feto en el primer caso, mientras que en la eutanasia las consecuencias recaen sobre el propio sujeto que decide–, ambas tienen una dimensión moral que debe tener en cuenta cualquier ordenamiento legal.

Causa por ello rubor que la responsable política de una sociedad desarrollada contemple estas cuestiones como si de una carrera de obstáculos se tratara, donde bien se salta la valla (en el caso del aborto) porque la cuestión está “socialmente superada”, bien no se salta (en el caso de la eutanasia) porque no “forma parte de una prioridad en el debate”.

Muchos ciudadanos que respaldan la opción de abortar libremente se oponen por razones morales a la pena de muerte, a esclavizar a personas o maltratar animales, de lo que se deduce que para ellos poner fin deliberadamente al desarrollo del feto no es una acción tan reprobable moralmente como ejecutar a otras personas (aunque hayan cometido delitos muy graves), esclavizar a otros seres humanos o maltratar animales. En contraposición, la mayoría de quienes se oponen consideran el aborto un acto infinitamente más reprobable que maltratar a los animales, esclavizar a otras personas y hasta equiparable a ejecutar a un hombre.

Como estas comparaciones ponen de manifiesto, las cuestiones morales que plantea el aborto no se pueden eludir, como hace la risueña ministra Jiménez, aduciendo que el asunto se discutió hace “muchísimos años” y el Congreso ya aprobó una ley de interrupción del embarazo que otros partidos, hoy opuestos a la nueva ley, no modificaron cuando gobernaron y pudieron hacerlo.

Craso error el confundir la indiferencia social o la ambigüedad de un partido, con el debate sobre la moralidad el aborto y su tratamiento legal en sociedades donde el derecho a la vida se considera supremo y hasta los animales gozan de derechos

Our man in Habana

Película dirigida por Carol Reed, basada en una novela de  Graham Greene.

Historia divertida, pero un poco simplona y fantástica en algunos aspectos.

El ministro de Justicia Cuantitativa no se da por aludido por Santi González

Continuando con el gran Caamaño leo en el blog de Santi González (04 de julio de 2010) el comentario a una entrevista que le hicieron al ministro de justicia.

Destaco este vídeo de zapatero que viene enlazado en los comentarios de Santi:




Entrevista a Caamaño con comentarios de Santi González:

Arranca El País la entrevisa al ministro de Justicia Cuantitativa con una valoración comprometida: "plenamente al 98%". Y lugo, ya, todo seguido:

Su trabajo de experto constitucionalista dio tranquilidad al Gobierno, que insistió durante cuatro años en que el Estatut era "plenamente constitucional". [Ojo con los adverbios, ministro. ¿Qué significa para usted ‘plenamente’?] Francisco Caamaño (nacido en Cee, A Coruña, hace 47 años) peló el texto en 2006 sabiendo ya que el PP lo recurriría.

Pregunta. ¿Se siente malherido porque el Tribunal Constitucional haya tachado en rojo 14 artículos del Estatuto de Cataluña, cuya redacción fue, en una parte importante, obra suya?

Respuesta. No me siento especialmente herido por una razón, porque vivimos en una sociedad abierta de intérpretes constitucionales. A la vista de la sentencia, se puede decir con rotundidad que la valoración y el juicio de constitucionalidad que hicieron el Congreso y el Senado acertó aproximadamente en un 98%. [De Italia recibimos hace cuatro décadas el uso alternativo del Derecho. Justo es que España corresponda: Ya habíamos dado a Garzón, pero no bastaba. Hacía falta un cuerpo de doctrina como el cuerpazo de Caamaño: el Derecho cuantitativo. Una Justicia al 98%, dice el tío. Pongamos una sentencia de mil palabras y cambiemos mucho menos del 2%. Una sola palabra, que en la extravagante concepción del Derecho de Caamaño supone el 0,1%: donde pone ‘culpable’, escríbase ‘inocente’, o al revés]. He aquí algunos ejemplos más. Y eso en muchos test científicos, ya no interpretativos, es el 100%. Por tanto, la sentencia que ha salido del Constitucional, donde se declara inconstitucional un solo artículo y habrá que ver en los fundamentos por qué, y se tocan adjetivos de otros 14, me parece que respeta profundamente la práctica totalidad del estatuto de Cataluña y da la razón a las Cortes.

[Volvamos a lo anterior. No sólo se anulan 14 artículos, sino que los 27 que se han sometido a interpretación lo han sido porque Mª Emilia Casas, a quien el director de El Mundo bautiza hoy afortunadamente como ‘Torcuata’ (Fernández Miranda) ha impuesto una interpretación imposible de la palabra ‘interpretación’ . Expliquémonos: un artículo está sometido a interpretación cuando tiene una redacción ambigua, imprecisa, no clara. Tendría sentido entonces que el tribunal advirtiese: este artículo es constitucional si se interpreta en este sentido que yo digo. Pero si el artículo es claro no puede estar sometido a interpretación. O encaja en la Constitución o no, pero no puede establecerse la condición de que signifique lo que de ninguna manera puede significar. Tal vez esto sea un poco complejo para Caamaño. Pongamos un ejemplo: El artículo 5 del Estatut arranca: “L'autogovern de Catalunya es fonamenta també en els drets històrics del poble català…” No se puede fallar sin grave quiebro del sentido de las palabras que es constitucional si se entiende que lo que realmente quiere decir es que el autogobierno de Cataluña se fundamenta únicamente en la Constitución Española.]

P. El presidente del Gobierno anunció en Cataluña que saldría adelante el texto que aprobase el Parlamento catalán y eso, después del pronunciamiento del Constitucional, no ha sido así...

R. Lo que prometió fue apoyar el Estatuto de Cataluña, pero lo que nunca pudo prometer [esa es precisamente la característica de Zapatero: promete lo que nunca puede prometer. Usted sabe (o debería saber) que el Derecho se escribe (o se debría escribir) con un lenguaje preciso. Por eso, usted debió decir es: "lo que niunca debió prometer", porque lo que es poder, vaya si pudo.] es lo que corresponde decidir con nuestra Constitución en la mano a un órgano que opera de manera independiente y que es el intérprete de la Constitución, el último, en el sentido que dicen los norteamericanos que es su Tribunal Supremo. (Aquí, en video, precedido por la mentira de Zapatero a Gabilondo, nunca lo dije): "Pasqual, apoyaré la reforma del Estatuto de Cataluña que apruebe el Parlamento de Cataluña") Los norteamericanos dicen que el Supremo tiene la última palabra no porque es el más listo sino porque alguien tiene que tener en una democracia la última palabra. [Luego nosotros tenemos la última puerta de atrás, para meter como leyes lo que el TC ha rechazado como constitucional. No se trata de acomodar el Estatuto a la Constitución, sino de acomodar la Constitución al estatuto] Frente al discurso del PP de que los derechos rompían la igualdad de los españoles, un estatuto que tiene más competencias; frente al discurso del PP de que era imposible dar más ámbitos de autogobierno, un estatuto que tiene una financiación [con una disposición transitoria sujeta a interpretación en el mismo sentido que el al artículo 5 ya citado] ; frente a la idea del PP de que era una reforma encubierta, un estatuto que reconoce la bilateralidad y la acción exterior de las comunidades autónomas en el contexto de la Unión Europea; frente al discurso del PP que nos decía a todos que todo esto equivalía a un Estado confederal y a la disolución de España, esa interpretación del Congreso ha sido validada casi en su totalidad por el intérprete último que es el Tribunal Constitucional. [Intercalen corchetes a su gusto].

P. ¿Comparte usted la tesis de que el Constitucional no podía tocar una coma del Estatuto porque había sido aprobado por el Parlamento catalán y las Cortes y refrendado por los catalanes?

R. No. No hay ninguna norma por encima de la Constitución y el guardián de la Constitución se llama Tribunal Constitucional. Por tanto, está plenamente legitimado para pronunciarse y emitir cualquier juicio de constitucionalidad sobre cualquier norma situada por debajo de la Constitución. Y un estatuto de autonomía, aunque haya sido refrendado por los ciudadanos, siempre estará por debajo de la Constitución.

P. ¿Está de acuerdo con la decisión del Constitucional sobre la nula eficacia jurídica del término nación en el Preámbulo?

R. El PP sabía que había dos sentencias del Constitucional anteriores a esta donde claramente decía que el preámbulo de una norma no tiene valor jurídico. El PP sólo pretendía prolongar un debate político ante la sociedad y mantener durante tres años una enorme tensión.

P. ¿Considera usted que Cataluña es una nación?

R. Es lo que los ciudadanos catalanes sienten que es, que es lo que dice su preámbulo. Jurídicamente, Cataluña es lo que dice su artículo primero del Estatuto, una comunidad que forma parte del Estado español. No deberíamos confundir nunca el debate sentimental, el político y el constitucional. [El preámbulo de las leyes no es su articulado, vaya novedad. Pero lo que tampoco es un lugar para el desparrame sentimental, como parece creer el ministro: Preámbulo del Estatuto de Asturias: Asturias,patria querida, Asturias de mis amores… y ahora vayamos al grano. El preámbulo expone la voluntad del legislador, define el sentido del articulado que va a continuación. Por eso, la definición de Cataluña como nación contenida en el preámbulo, es falsa. Una nación no es un estado de ánimo, como la Economía en opinión de Zapatero, sino el sujeto de la soberanía.]

Aquí lo dejamos por hoy. Lo patético de este ministro es que se jacte de que el TC sólo ha anulado un artículo de todo el Estatuto que él garantizaba (En realidad, el capítulo II, artículos del 95 al 100). Se supone que era su especialidad. Cualquier ministro que no hubiese sido nombrado por José Luis Rodríguez Zapatero, habría dimitido, se habría cubierto la cabeza de ceniza y se habría retirado al desierto a meditar los próximos 40 años. Así lo hizo José Luis Corcuera, ministro del Interior que había avalado el encaje constitucional de la llamada ‘ley de la patada en la puerta’ para evitar engorrosas formalidades en la persecución en caliente de algunos delitos. El TC dijo nones y el ministro dimitió. Éste José Luis era electricista, como papá. (un freudiano estricto sacaría conclusiones de esta debilidad mía por él). Pero Caamaño debería llamarle para quedar y que le explique constitucionalismo en un par de tardes.

España vs Paraguay Mundial de Fútbol Sudáfrica 2010 Cuartos de Final


Partido muy complicado para España, debido a la presión de Paraguay.

El momento decisivo fue la parada de Casillas, atrapando el balón, al penalty lanzado por Cardozo. Reina ayudo. El arbitro debió mandar repetir por la invasión de los jugadores españoles del área antes de que lanzase Cardozo. Luego vino un penalty sobre Villa, Xavi Alonso marcó pero el árbitro mandó repetir por supuesta invasión, no hubo tal. En la segunda oportunidad falló, pero hubo otro penalty clarísimo sobre Cesc que no pitó el árbitro.

A partir de ese momento el partido fue de España y en un jugadón de Iniesta que pasó a Pedrito, este remató al palo, el rechace lo aprovecho Villa para marcar, tras golpear el balón en ambos palos.

Hubo una parada final de Casillas, que primero no atrapó pero que estuvo rápido en la segunda oportunidad concedida.

El arbitro se equivocó para ambos lados, porque hubo un gol anulado a Paraguay por fuera de juego que es muy dudoso, puesto que el jugador que está en fuera de juego aunque hace por ir a tocar el balón de cabeza no lo golpea, mientras que el rematador no estaba en fuera de juego.

No creo que España jugara mal, siempre es muy difícil jugar contra equipos que piensan más en defender y evitar el juego del rival que en hacer su juego. Hasta ahora España ha jugado siempre contra equipos que le han jugado así. Creo que Alemania jugará más de tú a tú, y aunque es un equipo que está haciendo un mundial sobresaliente España ganará.

Destacar dos momentos, uno es la alegría de Camacho, simplemente con verle y con oírle te das cuanta de que lo siente de verdad, y otro es la carrera por la banda de Reina para ir a celebrar el gol, un JUGADOR como la copa de un pino este Reina, ni una queja, ni un mal comentario, siempre ayudando, un crack.

The Producers

Comedia de Mel Brooks.

Entretenida y divertida, sobre todo la primera mitad de la película. El final es algo más convencional. Lo mejor son los personajes interpretados por Gene Wilder, esa voz inconfundible, y Zero Mostel, y la sucesión de personajes estrafalarios que se ven sucediendo a lo largo de la película.