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No al banco malo: convirtamos deuda en acciones

Por Juan Ramón Rallo:



"Lo vengo diciendo desde hace algunos años. La vía para recapitalizar a los bancos insolventes no puede ser, en ningún caso, su rescate por parte de los contribuyentes. Podría discutirse si hay que rescatar o no a los depositantes a la vista con tal de salvaguardar el sistema de cobros y pagos, pero desde luego no hay ninguna razón para rescatar a todos los acreedores de la banca. Por supuesto, una liquidación desordenada del sistema financiero puede resultar bastante nefasta, especialmente si, como decimos, al caer las malas inversiones se desmorona también el sistema de cobros y pagos. Pero antes de rescatar a los bancos con el dinero del contribuyente, ¿por qué no los rescatamos con el dinero de los acreedores?

La manera más radical de hacerlo sería imponer una quita o un impago selectivo: le debo tanto dinero y sólo cobrará una fracción. Otra manera, que permitiría la supervivencia de la entidad, sería convertir parte de la deuda del banco en acciones: es decir, las primeras pérdidas del banco se le imputan a sus actuales accionistas y, para que el banco no se quede sin fondos propios, parte de la deuda se reconvierte en acciones (de modo que los acreedores se conviertan en propietarios), lo que no significa que no se cobre, sino que se cobra en títulos de propiedad sobre el activo del banco.

Claro que no todos los tipos de deuda son iguales: los depósitos a la vista son fondos que le fueron confiados a la entidad no para que los invirtiera a largo plazo en proyectos de alto riesgo, sino para que los guardara; en cambio, la deuda subordinada son pasivos que, a cambio de una jugosa rentabilidad, asume elevados riesgos. De ahí que deba haber un cierto orden de prelación en las conversiones: los pasivos a más largo plazo y más arriesgados (los que guarden una mayor similitud con las acciones) deberían convertirse primero y sólo en caso de extrema necesidad se procedería a hacer lo propio con deuda a más corto plazo".

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